LA UNIDAD DE DOCTRINA JURÍDICA: UNA MIRADA A LOS INTRUMENTOS DE COORDINACIÓN AL SERVICIO DEL DIRECTOR/A DE UNA ABOGACÍA PÚBLICA

Artículos Doctrinales
15 de Junio de 2024

En este trabajo se aborda el estudio de la “unidad de doctrina jurídica” dentro de una Abogacía Pública y su conexión con el derecho a la buena Administración. A tal efecto, se analizan los instrumentos de los que dispone el Director/a de una Abogacía Pública para la consecución de esa unidad de doctrina jurídica. En este contexto, se hará un especial análisis de la importancia de las instrucciones y las órdenes de servicio que fijan las pautas de actuación de los letrados de la Administración, lo que se hará con la vista puesta en la más moderna doctrina jurisprudencial. Finalmente, se realizará un estudio acerca de las distintas herramientas de coordinación con las que se cuenta en la actualidad, lo que se hará incorporando un especial análisis de la situación actual en la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Palabras clave
Unidad de doctrina jurídica; Abogacía Pública; instrucciones y órdenes de servicio; principio de buena Administración; Castilla-La Mancha.
Abstract

This paper deals with the study of the "unity of legal doctrine" within a Public Advocate's Office and its connection with the right to good administration. To this end, it analyses the instruments available to the Director of a Public Advocate's Office to achieve this unity of legal doctrine. In this context, a special analysis will be made of the importance of the instructions and service orders that set the guidelines for action by the Administration's lawyers, which will be done with a view to the most modern jurisprudential doctrine. Finally, a study will be made of the different coordination tools currently available, which will include a special analysis of the current situation in the Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Key Words
Unity of legal doctrine; Public Advocacy; instructions and service orders; principle of good administration; Castilla-La Mancha.