DERECHO A LA ASISTENCIA SANITARIA DE LOS EXTRANJEROS
El Decreto Ley 16/2012, de 20 de abril, ha modificado la legislación en materia de sanidad y extranjería. Los extranjeros irregulares no podrán ser titulares del derecho a la protección de la salud. Se establece la condición de asegurado para poder optar al derecho de protección a la salud. Reacción de las Comunidades Autónomas ante la reforma introducida. La jurisprudencia constitucional establece una clasificación tripartita de los derechos de los extranjeros. La conexión del derecho a la protección de la salud con derechos fundamentales. La privación a los extranjeros en situación irregular de las prestaciones podría ocasionar la aparición de problemas de salud pública, ante el riesgo de que un sector de la población enferma del país no disponga de atención médica. Las Comunidades Autónomas que no aplican el Real Decreto-Ley 16/2012 y adoptan su propio sistema sanitario beneficiando en la medida de lo posible la asistencia sanitaria a los inmigrantes irregulares, atribuyendo a los inmigrantes irregulares el acceso a las prestaciones sanitarias del servicio de salud autonómico en las mismas condiciones que los ciudadanos de la Comunidad Autónoma.