COMENTARIO A LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO No 75/2016 DE 10 DE FEBRERO Y EL VALOR DE LA PRUEBA DE ADN
Con el comentario de esta sentencia mediática se pretende poner de manifiesto que dicha resolución es una de las más recientes oportunidades que ha tenido nuestro Tribunal Supremo para pronunciarse sobre la valoración de la prueba del ácido desoxirribonucleico (en adelante ADN) y avanzar, al unísono de los nuevos conocimientos biotecnológicos, en la concepción que tradicionalmente había mantenido desde las sentencias de los años ochenta.
Se abordará la presente reseña jurisprudencial siguiendo, en la medida de lo posible, la estructura habitual de las sentencias del Tribunal Supremo, si bien, se incluyen algunas variaciones derivadas de la particular naturaleza del caso y que se concretan en el análisis de los hechos, breve reseña sobre la prueba en nuestro Ordenamiento Jurídico , comentario propiamente dicho a la Sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo no 75/2016 de 10 de febrero en la que la valoración de una prueba de ADN revisa parcialmente la sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga de 2005, para acabar con unas breve conclusiones.