ANÁLISIS CRÍTICO DEL EMPLEO DE UMBRALES DE SACIEDAD EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA PARA LA VALORACIÓN DEL CRITERIO DE ADJUDICACIÓN “PRECIO”
El precio constituye el criterio de adjudicación por excelencia en la contratación pública. De igual modo, cuando existen varios criterios de adjudicación, la elección de la fórmula matemática para su valoración por el órgano de contratación resulta esencial, no siendo una decisión neutra para el licitador. En este sentido, una de las cuestiones que mayor interés ha despertado en la valoración de las ofertas económicas es lo que la doctrina ha venido a denominar “umbrales de saciedad”. Es decir, el empleo en los pliegos de licitación de distintas fórmulas matemáticas que sirven para limitar la valoración de las ofertas y no conceder puntos adicionales a aquellas proposiciones que sean inferiores a una determinada cifra. Su legalidad no ha estado exenta de polémica, existiendo, en este sentido, pronunciamientos contradictorios de diferentes Tribunales Administrativos de Recursos Contractuales.
A la luz de la normativa, jurisprudencia y doctrina legal en la materia, este trabajo aborda el análisis del criterio de adjudicación “precio” y la viabilidad jurídica de este tipo de fórmulas matemáticas. Todo ello, desde la perspectiva de la imperiosa necesidad de garantizar los principios generales de la contratación pública.